Madrid.- El TSJ de Madrid ha condenado al SERMAS a pagar 60.000 euros a la familia de un paciente de 74 años que falleció en el hospital Gregorio Marañón por no haberle remitido a tiempo a la Unidad de Cuidados Intensivos, informa en una nota la asociación del Defensor del Paciente que tramitó la denuncia.
Imagen de la fachada del hospital Gregorio Marañón de Madrid. EFE/Archivo
Según la sentencia del TSJM, "hubo una serie de deficiencias objetivas, entre ellas en el proceso asistencial, por las que no se puede calificar la muerte del paciente de inesperada, impredecible o impensable".
El paciente, D. G., de 74 años, ingresó en el Gregorio Marañón por una intoxicación por digoxina, un medicamento usado para corregir arritmias cardíacas, y murió a los pocos días tras empeorar su estado y no recibir del médico de guardia el tratamiento adecuado, que hubiera sido su remisión a la UCI.
El 7 de noviembre de 2005, D.G. quedó a cargo del Servicio de Geriatría y a partir de este momento comenzó a experimentar un progresivo empeoramiento con persistencia de frecuencias cardiacas elevadas (taquicardias), explica el Defensor del Paciente.
El anciano empeoró en la madrugada del 13 al 14 de noviembre de 2005 y la fatiga y la dificultad respiratoria se acentuaron aún mas, por lo que se le puso una mascarilla de oxígeno que le ayudara a respirar.
La noche del 14 de noviembre, el estado del paciente se agravó de forma alarmante por lo que la enfermera del servicio de Geriatría avisó al médico de guardia, quien se limitó a pautar un diurético.
La gravedad del paciente se intensificó de tal manera, con sudor frío, debilidad generalizada, malestar, nerviosismo, fatiga, cefalea e insuficiencia respiratoria, que a las pocas horas se volvió a avisar al médico de guardia.
Esta vez, el facultativo acudió a ver al paciente pero se limitó a esperar su evolución sin tomar ninguna medida.
"A pesar de su delicadísimo estado y el riesgo de mortalidad que acechaba", el médico se marchó y no volvió más por la habitación denuncia la asociación.
A primera hora de la mañana, la médico responsable del nuevo turno se personó en la habitación donde comprobó el "lamentable" estado clínico del paciente y solicitó de inmediato su traslado urgente a la UCI.
A pesar de las medidas adoptadas en esta unidad, el paciente entró en parada cardiorespiratoria y falleció a los pocos minutos de su ingreso.
Por todos estos hechos, que el TSJM reconoce probados, condena al SERMAS a pagar a la familia del difunto 60.000 euros al considerar que "no se pusieron a disposición del enfermo los medios necesarios en atención a la grave sintomatología que presentaba".
Considera la sentencia que "una actuación médica correcta por parte del médico de guardia con remisión a la UCI en el momento preciso habría variado razonablemente el curso de los acontecimientos", por lo que "se llega a la conclusión de que la praxis no fue conforme a la lex artis".
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